¿Cómo regularizar el cumplimiento de obligaciones fiscales?

Primero para regularizar las obligaciones fiscales el patrón tendrá que elaborar un documento de corrección.

obligaciones fiscales

Se cuentan con dos tipos de correcciones:

Corrección espontánea: documento elaborado por el patrón o sujeto obligado para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones ante el instituto.

Por esto la solicitud de corrección voluntaria, no aplican multas.

Corrección fiscal: regulada con la Ley de Derechos del Contribuyente (LCD).

Trata de una regularización derivada de un acto coactivo es decir, posterior a la notificación de una orden de auditoria y conlleva a multas.

Por esto la solicitud de corrección fiscal aplica multas.

Alcance de la corrección:

  • Regularizar la determinación y entero de las cuotas obrero patronal
  • Corregir los movimientos afiliatorios de los trabajadores que se originan de dicho proceso
  • El instituto podrá rectificar la clasificación de un patrón derivado de este proceso de corrección

No habrán multas si la corrección:

  • No será sujeto de visitas domiciliarias por los ejercicios corregidos.
  • Los cargos de cédulas de liquidación no serán emitidos siempre que se hubiese concluido y validado la corrección correspondiente.
  • Cuando los avisos afiliatorios y las modificaciones salariales fueron presentados por el patrón.
  • Si las cuotas derivadas de la corrección a cargo del patrón hubiesen liquidado en su totalidad.

Artículos que la regulan:

Son 5 artículos:

  • 178.- Presentación de la corrección
  • 179.- Periodos a regularizar
  • 180.- Plazos
  • 181.- Validación de la corrección
  • 182.- Beneficios

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