¿Qué hacer si recibes un requerimiento por Artículo 18 del IMSS?

Recibir un oficio del IMSS relacionado con el Artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado puede generar preocupación, especialmente cuando el requerimiento solicita información de una obra que ya terminó o de un periodo que ocurrió meses o incluso años atrás.

Sin embargo, lo más importante es no ignorar el oficio ni responder de manera improvisada.

El Artículo 18 establece un procedimiento mediante el cual el Instituto puede requerir a los patrones que no hayan cumplido con sus obligaciones en materia de seguridad social, solicitándoles los elementos necesarios para determinar el número de trabajadores, sus nombres, días trabajados y salarios devengados, entre otros elementos que permitan precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones incumplidas.

¿Por qué es importante atenderlo correctamente?

Una revisión de este tipo no debe entenderse como una simple solicitud de documentos.

El verdadero reto consiste en demostrar documentalmente cómo se desarrolló la obra y cómo se cumplieron las obligaciones de seguridad social.

Por ejemplo, la información de:

  • SIROC.
  • Nómina.
  • Movimientos afiliatorios.
  • Días laborados.
  • Salarios.
  • Pagos de cuotas.
  • Contratos.
  • Subcontratos.
  • Estimaciones.
  • Periodos de ejecución.
  • Personal que participó en la obra.

Si existen diferencias entre la información presentada al IMSS y la documentación interna de la empresa, esas diferencias pueden generar dudas durante la revisión.

Por ello, antes de responder, es recomendable analizar y conciliar el expediente completo de la obra.

¿Qué hacer si te llega un Artículo 18?

1. Revisa inmediatamente la notificación

Lo primero es identificar:

  • Fecha de notificación.
  • Fecha en que surte efectos.
  • Obra a la que corresponde.
  • Periodo revisado.
  • Autoridad que emite el requerimiento.
  • Documentación e información solicitada.
  • Plazo otorgado para responder.

No conviene comenzar a recopilar documentos sin antes entender exactamente qué está solicitando el IMSS.

2. Controla el plazo

Este es uno de los puntos más importantes.

El Artículo 18 establece un plazo de 5 días hábiles para que el patrón proporcione los elementos solicitados, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación.

Por ello, desde el momento en que se recibe el oficio debe determinarse exactamente cuál es la fecha límite de atención.

3. Integra el expediente de la obra

Es recomendable reunir la información relacionada con la obra y clasificarla antes de preparar la respuesta.

Dependiendo de lo solicitado, puede ser necesario revisar:

Información de la obra, Información laboral, Información administrativa y financiera

El objetivo es que la documentación permita relacionar a los trabajadores con la obra y con el periodo efectivamente trabajado.

¿Qué no hacer ante un Artículo 18?

❌ No ignorar el oficio

No atender el requerimiento dentro del plazo puede permitir que el IMSS continúe con el procedimiento y determine los créditos correspondientes con base en la información disponible y en los mecanismos previstos por el Artículo 18.

❌ No esperar hasta el último día

Cinco días hábiles pueden ser insuficientes para localizar información de una obra que involucra contratistas, subcontratistas, trabajadores y diferentes periodos.

❌ No entregar documentos sin orden

Entregar cientos de documentos sin una estructura clara no necesariamente demuestra el cumplimiento.

La documentación debe organizarse de manera que permita identificar qué documento acredita cada aspecto solicitado.

❌ No presentar información contradictoria

Uno de los principales riesgos es que los datos de SIROC, nóminas, movimientos afiliatorios, contratos y pagos no coincidan.

Antes de responder, es importante realizar una conciliación.

❌ No crear ni modificar documentos retroactivamente

La respuesta debe sustentarse en documentación real y comprobable.

Modificar documentos para intentar adecuarlos al requerimiento puede generar riesgos adicionales.

¿Se puede solicitar una ampliación?

Cuando la información solicitada sea difícil de obtener, puede evaluarse la presentación inmediata de una solicitud escrita de ampliación.

Sin embargo, debe tenerse presente que solicitar una ampliación no significa que el plazo quede automáticamente suspendido. La ampliación debe ser autorizada por la autoridad correspondiente.

Por esta razón, no es recomendable esperar la respuesta a la solicitud de ampliación para comenzar a preparar la documentación.

¿Qué pasa si no se acredita la información?

Este es uno de los puntos más importantes del Artículo 18.

Si el patrón no proporciona los elementos solicitados dentro del plazo, el IMSS puede ejercer sus facultades para determinar los créditos cuyo pago se haya omitido.

El procedimiento previsto por el Artículo 18 contempla, entre otros elementos, la determinación de:

  1. Metros cuadrados de construcción.
  2. Tipo de obra.
  3. Periodo de realización.
  4. Monto de mano de obra.
  5. Mano de obra diaria.
  6. Salarios base de cotización mensuales.
  7. Cuotas obrero-patronales correspondientes.

Por ello, una revisión que inicialmente consiste en proporcionar información puede convertirse en una determinación de cuotas si no se logra acreditar adecuadamente la situación de la obra.

¿El Artículo 18 significa que ya tienes una deuda con el IMSS?

No necesariamente.

Recibir un requerimiento no significa por sí mismo que ya exista una cantidad definitiva a pagar.

El objetivo inicial es que el patrón proporcione los elementos necesarios para que el Instituto pueda determinar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones que correspondan.

Por eso es tan importante atender el requerimiento y presentar información suficiente para acreditar la situación real de la obra.

¿Cuánto dura una revisión por Artículo 18?

Es importante no confundir el plazo que tiene el patrón para contestar el requerimiento con la duración total del procedimiento.

El Artículo 18 establece expresamente los 5 días hábiles para proporcionar los elementos solicitados, pero el texto del artículo no establece un plazo general de “5 meses” o “6 meses” para todos los procedimientos de Artículo 18.

La documentación proporcionada para este contenido menciona un plazo normativo de 6 meses para concluir la revisión, pero también contiene una referencia a 5 meses.

Por ello, para efectos de comunicación pública, es más seguro explicar que la duración del procedimiento debe analizarse conforme al tipo de facultad de comprobación y las actuaciones realizadas por la autoridad, en lugar de presentar 5 o 6 meses como un plazo universal del Artículo 18.

¿Cómo prevenir una revisión complicada?

La mejor estrategia no comienza cuando llega el oficio.

Comienza desde el inicio de la obra.

Mantener un expediente actualizado permite contar con evidencia para demostrar cómo se desarrolló el proyecto y cómo se cumplieron las obligaciones correspondientes.

Esta prevención permite que, ante una eventual revisión, la empresa no tenga que reconstruir meses o años de información en unos cuantos días.

Conclusión

Un requerimiento relacionado con el Artículo 18 del IMSS no debe ignorarse ni atenderse de manera improvisada.

El plazo de 5 días hábiles obliga a actuar con rapidez, pero la rapidez no debe significar entregar información sin analizarla.

La clave está en:

Revisar → Conciliar → Integrar → Acreditar → Responder.

Una respuesta sólida debe permitir que la documentación presentada explique de manera clara y consistente la realidad de la obra.

Si recibiste un requerimiento del IMSS relacionado con el Artículo 18, podemos ayudarte a analizar el oficio, identificar la información solicitada y estructurar la documentación necesaria para su atención.

En PAL Group creemos que prevenir también es construir.

5 Errores que pueden provocar diferencias ante el IMSS al cerrar una obra

Cerrar correctamente una obra ante el IMSS es tan importante como registrarla al inicio. Durante el proceso de cierre, el patrón debe demostrar que la información reportada en SIROC, los pagos realizados, la nómina, la contabilidad y la documentación de la obra son consistentes entre sí.

Cuando existen diferencias entre estos documentos, el IMSS puede solicitar información adicional, determinar diferencias en cuotas o incluso iniciar un procedimiento de cierre presuntivo.

A continuación, te presentamos Los 5 errores más frecuentes que pueden generar diferencias ante el IMSS al momento de cerrar una obra.

1. No contar con un Registro Patronal correspondiente al domicilio de la obra

Uno de los errores más importantes ocurre cuando el patrón ejecuta una obra en un domicilio diferente a su domicilio fiscal y utiliza únicamente el Registro Patronal de su domicilio fiscal.

Aunque los trabajadores hayan sido vinculados, los pagos de cuotas realizados bajo un registro patronal que no corresponde al domicilio de la obra pueden no ser considerados por la autoridad para efectos de la obra.

Por ello, cuando el proyecto se ejecuta en un domicilio diferente al domicilio fiscal, es fundamental revisar previamente la situación del Registro Patronal y, cuando corresponda, generar el registro patronal relacionado con el domicilio de la obra.

Esto permitirá mantener una correcta trazabilidad entre:

  • El domicilio donde se ejecuta la obra.
  • El Registro Patronal.
  • El folio SIROC.
  • Los trabajadores vinculados.
  • Las cuotas obrero-patronales pagadas.

2. Presentar el Aviso de Terminación antes de tener el importe final de la obra

Otro error frecuente es presentar el Aviso de Terminación antes de contar con la documentación definitiva de la obra.

En algunos casos, al momento de presentar el aviso todavía no se cuenta con el Acta de Entrega-Recepción, por lo que el importe final o el periodo de ejecución pueden cambiar posteriormente.

¿Qué debe cuadrar?

Idealmente, el importe reportado debe guardar correspondencia con el Acta de Entrega-Recepción, Aviso de Terminación, contrato y CFDI de ingresos, considerando las modificaciones contractuales que correspondan.

3. No contar con una contabilidad que permita identificar los movimientos de la obra

Durante una revisión, la autoridad puede solicitar documentación contable para comprobar los ingresos, gastos y costos relacionados con la ejecución de la obra.

Por ello, es fundamental que el patrón lleve una contabilidad ordenada y, que maneje centros de costos por proyecto, permitiendo identificar claramente los movimientos relacionados con cada obra.

Entre la información que puede ser necesaria se encuentra:

  • Balanza de comprobación correspondiente al periodo de ejecución.
  • Auxiliares de proveedores.
  • Auxiliares de gastos.
  • Auxiliares de sueldos y salarios.
  • Auxiliares de ingresos.
  • Información relacionada con los costos de la obra.

Contar con esta información organizada facilita la comprobación de los recursos utilizados durante el proyecto y permite identificar oportunamente posibles diferencias.

4. No llevar un control adecuado de la nómina y la mano de obra

La mano de obra es uno de los elementos fundamentales para el cumplimiento de las obligaciones ante el IMSS durante la ejecución de una obra.

Es importante conservar y controlar durante todo el periodo:

  • Nóminas.
  • Recibos de nómina timbrados.
  • Relación de trabajadores que participaron en la obra.
  • Sueldos y salarios pagados.
  • Movimientos ante el IMSS.
  • Documentación SUA.
  • Vinculación de trabajadores al folio SIROC.

Además, la información de sueldos y salarios debe ser congruente con la mano de obra reportada en la obra.

5. No realizar una estimación previa de las cuotas y la mano de obra

Un error que puede afectar directamente la rentabilidad del proyecto es iniciar una obra sin conocer cuánto podría representar la mano de obra y el pago de cuotas obrero-patronales.

Antes de iniciar el proyecto, es recomendable realizar una estimativa que permita conocer:

Monto de la obra → Mano de obra estimada → Cuotas IMSS → Costo aproximado de cumplimiento

Esta información debe considerarse desde la elaboración del presupuesto, ya que las obligaciones de seguridad social forman parte de los costos que pueden impactar directamente en la utilidad del proyecto.

Una correcta planeación permite al patrón conocer desde el inicio cuánto deberá destinar al cumplimiento de sus obligaciones y evitar que, al momento del cierre, aparezcan cantidades que no estaban contempladas.

En PAL Group apoyamos a contratistas y patrones en la gestión, supervisión y seguimiento de sus obligaciones ante el IMSS y SIROC, desde el registro de la obra hasta su proceso de cierre.

Nuestro objetivo es ayudarte a mantener la documentación y la información de tu proyecto correctamente integrada, detectar posibles diferencias antes de que representen un problema y acompañarte durante el proceso de conclusión.

No esperes a que el IMSS detecte las diferencias. Revisa tu obra antes de cerrarla.

En PAL Group creemos que Prevenir también es Construir

Reportes Cuatrimestrales del REPSE: ¿Por qué son obligatorios y qué pasa si no los presentas?

Si tu empresa cuenta con registro REPSE y presta servicios especializados u obras especializadas, además de mantener vigente tu registro, debes cumplir con una obligación fundamental: la presentación de los reportes cuatrimestrales.

Muchos contratistas creen que obtener el registro REPSE es suficiente para cumplir con la normativa; sin embargo, omitir los informes cuatrimestrales puede traer consecuencias importantes para la empresa.

En este artículo te explicamos por qué son importantes, cuáles son las repercusiones de no presentarlos y qué información necesitas para cumplir con esta obligación.

¿Qué son los reportes cuatrimestrales del REPSE?

Los reportes cuatrimestrales son una obligación establecida para las empresas que cuentan con registro REPSE y celebran contratos de prestación de servicios especializados u obras especializadas.

Mediante estos informes, las empresas comunican a la autoridad la información relacionada con los contratos celebrados durante cada cuatrimestre, contribuyendo a la transparencia y al cumplimiento de las disposiciones legales en materia de subcontratación especializada.

¿Por qué es importante presentar los reportes cuatrimestrales?

Presentar los reportes dentro del plazo establecido no solo permite cumplir con la legislación vigente, sino que también demuestra que la empresa mantiene un adecuado control administrativo y documental de sus operaciones.

Entre los principales beneficios se encuentran:

  • Cumplir con las obligaciones derivadas del registro REPSE.
  • Mantener actualizada la información de los contratos celebrados.
  • Reducir riesgos durante inspecciones o revisiones por parte de la autoridad.
  • Facilitar los procesos de renovación del registro REPSE.
  • Generar mayor confianza entre clientes que requieren proveedores con pleno cumplimiento normativo.

El cumplimiento oportuno fortalece la imagen de la empresa y reduce riesgos legales y administrativos.

¿Qué sucede si no presentas los reportes cuatrimestrales?

El incumplimiento de esta obligación puede generar diversas consecuencias para los contratistas, entre ellas:

  • Incumplimiento de las obligaciones previstas en la legislación laboral.
  • Riesgo de imposición de multas por parte de la autoridad competente.
  • Observaciones durante auditorías o inspecciones.
  • Dificultades para conservar o renovar el registro REPSE.
  • Afectaciones en la relación comercial con clientes que exigen evidencia de cumplimiento.

Además del impacto económico que pueden representar las sanciones, el incumplimiento puede afectar la continuidad de las operaciones con empresas que solicitan proveedores totalmente alineados con la normativa vigente.

¿Qué información necesitas para presentar los reportes cuatrimestrales?

Para realizar la presentación correctamente es recomendable contar previamente con la siguiente información:

  • Registro REPSE vigente.
  • e.firma vigente del representante legal.
  • Datos generales del contratante.
  • Información de cada contrato celebrado durante el cuatrimestre.
  • Objeto del contrato.
  • Fecha de inicio y término o vigencia.
  • Lugar donde se prestó el servicio o se ejecutó la obra.
  • Número aproximado de trabajadores involucrados.
  • Información requerida por la plataforma de presentación de reportes.

Llevar un control ordenado de los contratos durante todo el año facilita el cumplimiento de esta obligación y reduce el riesgo de omisiones al momento de presentar el informe.

Recomendaciones para evitar incumplimientos

Para cumplir con esta obligación de manera eficiente, se recomienda:

  • Llevar un expediente actualizado de cada contrato.
  • Verificar periódicamente la vigencia del registro REPSE y de la e.firma.
  • Identificar oportunamente los contratos que deben reportarse.
  • Revisar que la información coincida con la documentación presentada ante otras autoridades.
  • Presentar los reportes dentro de los plazos establecidos, evitando hacerlo hasta el último momento.

¿Necesitas apoyo para presentar tus reportes cuatrimestrales?

En PAL GROUP contamos con especialistas en cumplimiento de obligaciones relacionadas con el REPSE.

Te apoyamos en:

  • Revisión de contratos.
  • Integración de la información requerida.
  • Elaboración y presentación de los reportes cuatrimestrales.
  • Asesoría para mantener tu registro REPSE en cumplimiento.

Si tu empresa requiere apoyo para presentar sus reportes o deseas asegurarte de cumplir correctamente con esta obligación, nuestro equipo está listo para ayudarte.

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REPSE y SIROC: ¿Cuál es su relación en las obras de construcción?

Con la reforma en materia de subcontratación especializada, es muy común que empresas constructoras, contratistas y propietarios de obras tengan dudas sobre cuándo deben cumplir con el REPSE, el SIROC, o ambos.

Aunque los dos registros pueden coincidir en un mismo proyecto, tienen finalidades distintas y son administrados por autoridades diferentes. Conocer sus diferencias te ayudará a evitar incumplimientos y posibles sanciones.

¿Qué es el REPSE?

El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) es un padrón administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Su finalidad es autorizar a las personas físicas y morales que prestan:

  • Servicios especializados.
  • Ejecución de obras especializadas.
  • Actividades que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de sus clientes.

En pocas palabras: el REPSE aplica a las empresas que ejecutan trabajos especializados para un tercero y ponen a disposición de éste a sus trabajadores.

¿Qué es el SIROC?

El Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC) es una plataforma administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Su objetivo es registrar las obras de construcción ante el IMSS y dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con la seguridad social de los trabajadores que participan en su ejecución. Gracias al SIROC, el IMSS puede identificar las obras, a los responsables, y verificar que se cumplan las obligaciones patronales durante el desarrollo del proyecto.

REPSE vs. SIROC: principales diferencias

Cuando una empresa ejecuta una obra especializada para un cliente, puede quedar obligada a cumplir con ambos registros. Así se comparan:

REPSESIROC
Autoriza la prestación de servicios u obras especializadas.Registra la obra de construcción ante el IMSS.
Administrado por la STPS.Administrado por el IMSS.
Regula la subcontratación especializada.Regula las obligaciones de seguridad social de la obra.
Acredita que la empresa puede prestar el servicio especializado.Acredita que la obra fue registrada ante el IMSS.

Si soy propietario de la obra, ¿necesito registrarme en REPSE?

No necesariamente. El propietario o dueño de una obra no requiere contar con REPSE únicamente por su calidad de propietario.

¿El REPSE sustituye al SIROC?

No. Son obligaciones completamente independientes:

  • Contar con un registro REPSE vigente no exime de registrar una obra en SIROC cuando la ley lo exige.
  • Registrar una obra en SIROC no sustituye la obligación de contar con REPSE cuando la empresa presta servicios u obras especializadas para un tercero

Cada registro cumple una finalidad distinta y debe analizarse de forma independiente.

¿Cómo se relacionan en una obra de construcción?

En un proyecto de construcción es común encontrar este escenario:

  • El propietario o contratante puede tener obligaciones relacionadas con el registro de la obra ante el IMSS mediante SIROC, dependiendo de cómo se ejecute el proyecto y de las disposiciones aplicables.
  • El contratista que ejecuta una obra especializada para un tercero generalmente deberá contar con su registro REPSE vigente y, además, cumplir con las obligaciones del SIROC cuando resulten aplicables.

Conclusión

El REPSE y el SIROC no son registros equivalentes ni se sustituyen entre sí. Mientras el REPSE autoriza a las empresas para prestar servicios u obras especializadas, el SIROC tiene como finalidad registrar las obras de construcción y verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social.

Antes de iniciar una obra, es recomendable analizar el tipo de contratación, la participación de cada empresa y las obligaciones que corresponden a cada una, ya que un mismo proyecto puede requerir el cumplimiento de ambos registros.

En PAL GROUP contamos con una amplia experiencia en cumplimiento SIROC, administración de registros de obra y vinculación de trabajadores en SUA.

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¿Cómo dar de baja o cancelar una obra registrada en SIROC?

Uno de los cuestionamientos más frecuentes entre las empresas constructoras y contratistas es qué hacer cuando una obra registrada en SIROC ya no se ejecutará o cuando el contrato es cancelado por el cliente.

A continuación, resolvemos las dudas más comunes sobre la cancelación o baja de una obra en la plataforma SIROC del IMSS.

¿Cómo dar de baja una obra en la plataforma SIROC?

La forma de concluir un registro de obra dependerá de la situación del proyecto:

  • Si la obra fue ejecutada y ya concluyó, se deberá presentar el Aviso de Terminación de Obra a través de la plataforma SIROC.
  • Si la obra no llegó a ejecutarse o fue cancelada, es posible realizar la baja del registro de obra directamente en la plataforma.

Los datos que solicita el sistema son:

  1. Fecha de cancelación: Día, mes y año en que se cancelaron los trabajos.
  2. Monto ejercido a la fecha: Importe ejercido hasta la fecha en que se cancelaron los trabajos.
  3. Motivo de la cancelación: La causa de cancelación.

Es importante identificar correctamente el estatus de la obra para evitar inconsistencias ante el IMSS.

¿Se puede dar de baja un registro SIROC si cancelan el contrato y no se ejecuta la obra?

Cuando el contrato es cancelado antes de iniciar los trabajos, la plataforma SIROC permite cancelar el registro de la obra sin inconvenientes.

Esta opción ayuda a mantener actualizada la información registrada ante el IMSS y evita posibles requerimientos futuros relacionados con una obra que nunca fue ejecutada.

¿Qué pasa si me cancelaron el contrato después de haber registrado la obra?

Si ya realizaste el registro de la obra en SIROC y posteriormente el cliente cancela el contrato o decide no continuar con el proyecto, es posible solicitar la cancelación del registro dentro de la plataforma.

El trámite puede realizarse de manera electrónica, siempre que la obra no haya sido ejecutada o se encuentre en las condiciones que permitan su cancelación.

¿Puedo eliminar un registro de obra si el proyecto nunca inició?

Cuando los trabajos nunca comenzaron, la plataforma SIROC permite cancelar o dar de baja el registro de la obra.

Sin embargo, como buena práctica administrativa, se recomienda realizar el registro SIROC únicamente cuando ya se cuente con el contrato firmado y exista certeza sobre el inicio de los trabajos en obra. Esto ayuda a evitar trámites de cancelación posteriores y mantiene un mejor control de las obligaciones ante el IMSS.

La Cancelación se utiliza principalmente para cancelar en caso de errores en el registro de obra o cancelación inicial de la obra. Por lo tanto, si registraste la obra, pero nunca arrancaron los trabajos, debes usar esta misma incidencia con:

  • Monto ejercido: $0 (cero pesos)
  • Motivo: Rescisión de contrato

Recomendación final

Antes de registrar una obra en SIROC, es recomendable contar con la documentación contractual formalizada y tener definida la fecha de inicio de los trabajos. De esta manera se reducen riesgos administrativos y se evita la necesidad de cancelar registros por cambios o cancelaciones de proyectos.

No puedes «eliminar» un registro de SIROC, pero sí puedes cancelarlo formalmente usando la incidencia de Cancelación con motivo de rescisión de contrato. Esto es completamente válido, está previsto en la plataforma y te protege ante cualquier revisión del IMSS.

En PAL GROUP contamos con experiencia en cumplimiento SIROC, administración de registros de obra y vinculación de trabajadores en SUA.

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La importancia de la vinculación de trabajadores en SUA para el cumplimiento del SIROC

Desde el 1.º de septiembre de 2017 entró en vigor el Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC), herramienta implementada por el IMSS con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las obligaciones patronales en la industria de la construcción.

Dentro de este esquema, uno de los puntos más importantes es la correcta vinculación de los trabajadores en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), ya que esto permite identificar al personal que participa en cada obra registrada ante el IMSS.

¿Qué es el SUA?

El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) es la herramienta utilizada para calcular y pagar las cuotas obrero-patronales del IMSS y las aportaciones al INFONAVIT.

Actualmente, también permite relacionar a los trabajadores con cada obra registrada en el SIROC.

¿Por qué es importante vincular trabajadores?

El IMSS exige identificar qué trabajadores participan en cada obra, conforme al Artículo 9 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (RSSOTCOTD).

Muchas constructoras realizan el pago de cuotas ante el IMSS, pero no vinculan a los trabajadores con el registro SIROC correspondiente a la ubicación de la obra.

Si los trabajadores no se vinculan correctamente al registro SIROC correspondiente, pueden generarse:

  • Requerimientos por parte del IMSS.
  • Diferencias en cuotas.
  • Revisiones o auditorías.
  • Multas y sanciones administrativas.

Beneficios de realizar la vinculación correctamente

✅ Evitas aclaraciones y revisiones del IMSS.
✅ Compruebas fácilmente las cuotas correspondientes a cada obra.
✅ Reduces riesgos de diferencias y sanciones.
✅ Mantienes un mejor control administrativo y documental.
✅ Facilitas el cumplimiento de obligaciones en materia de construcción

¿Cuándo debe realizarse?

La vinculación debe realizarse antes de generar la línea de captura en el SUA, para que las cuotas queden correctamente asociadas al registro SIROC de la obra.

Conclusión

Un adecuado control entre SIROC y SUA permite mantener el cumplimiento en materia de construcción, evitar contingencias fiscales y conservar las obras correctamente regularizadas ante el IMSS.

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Artículo 18 del IMSS en el sector construcción: ¿Qué es y cuándo aplica?

En el sector de la construcción, el cumplimiento de las obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es fundamental para evitar sanciones y actos de fiscalización más severos. Uno de estos mecanismos es la aplicación del Artículo 18, el cual se encuentra establecido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de las Empresas, Recaudación y Fiscalización (RSSOTCOTD).

¿Qué es el Artículo 18?

El Artículo 18 es un acto de fiscalización llevado a cabo por el IMSS, en su carácter de organismo fiscal autónomo. Este procedimiento está dirigido a aquellos patrones —ya sea de forma permanente o eventual— que se dedican a la construcción y que no se pueda demostrar que han cumplido con sus obligaciones a su cargo, contenidas en la Ley del Seguro Social y sus reglamentos.

¿En qué casos se puede aplicar?

La autoridad puede iniciar un procedimiento bajo Artículo 18 cuando previamente existe un incumplimiento claro por parte del patrón. Algunos escenarios comunes son:

1. Obras activas sin pago de cuotas

  • La obra cuenta con registro SIROC.
  • La obra tiene 4,5 o 6 meses de haber iniciado.
  • Estar aun 80% de avance de ejecución.
  • Los pagos realizados no están vinculados a los trabajadores de la obra.
  • Se recibió un oficio de requerimiento y no fue atendido.
  • No atender alguna promoción POOC (Promoción de Obligaciones Omitidas de Carácter Correctivo) o PVTO (Promoción de Visita de Trabajo Ordinaria).

2. Obras concluidas sin Aviso de Terminación

  • La obra ya finalizó
  • Han pasado entre 3 y 4 meses sin presentar el aviso de terminación
  • El tiempo para presentar el Aviso de Terminación es de 6 días hábiles después de terminada la obra.
  • Se recibió un oficio de requerimiento y hacen caso omiso.
  • No atender un PRTO.

Requisitos para que proceda el Artículo 18

Para que el IMSS pueda aplicar este procedimiento, deben cumplirse dos condiciones clave:

  • Existencia de un oficio de requerimiento previo
  • Incumplimiento por parte del patrón a dicho requerimiento

¿Qué facultades tiene la autoridad?

Una vez aplicado el Artículo 18, el IMSS puede ejercer diversas acciones, entre ellas:

  • Solicitar información de todas las obras activas del patrón
  • Realizar una revisión integral para determinar cuotas omitidas
  • Ejecutar medidas como:
    • Bloqueo de registros patronales
    • Aseguramiento de bienes
    • Solicitar información a terceros
    • Aplicar responsabilidad solidaria

Estas acciones pueden tener un impacto importante en la operación del negocio si no se atienden oportunamente.

Es importante precisar que:

El Artículo 18 no se aplica de manera automática por el simple hecho de que una obra esté activa.

Su aplicación depende del incumplimiento previo a requerimientos formales de la autoridad. Es decir, el riesgo surge cuando el patrón omite atender las obligaciones o ignora los requerimientos del IMSS.

Conclusión

El Artículo 18 es una herramienta de fiscalización que el IMSS utiliza para asegurar el cumplimiento en el sector construcción. Sin embargo, su aplicación puede prevenirse fácilmente mediante:

  • El registro correcto de obras en SIROC
  • El pago oportuno de cuotas vincular a los colaboradores con el registro SIROC
  • La atención inmediata a cualquier requerimiento de la autoridad

Mantener una gestión adecuada no solo evita sanciones, sino que brinda certeza y seguridad jurídica en cada proyecto.

Incidencias en SIROC: ¿Qué son y cuándo se presentan?

En el sector de la construcción, cumplir correctamente con las obligaciones ante el IMSS a través del SIROC (Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción) no solo es una formalidad, sino una estrategia clave para evitar multas, auditorías y retrasos en los proyectos.

Uno de los temas que más dudas genera entre empresarios y contratistas son las incidencias en SIROC, su manejo y las diferencias entre los avisos obligatorios durante la ejecución de la obra.

A continuación, te lo explicamos de forma clara:


¿Qué son las incidencias en SIROC?

Las incidencias en SIROC son los avisos que se presentan ante el IMSS para informar cualquier cambio relevante en una obra previamente registrada.

Estas modificaciones permiten mantener actualizada la información del proyecto y asegurar que las obligaciones obrero-patronales se determinen correctamente.

En otras palabras, las incidencias reflejan la realidad operativa de la obra conforme va avanzando.


¿Cuándo se presentan?

Las incidencias deben presentarse en el momento en que ocurre algún cambio en la obra, por ejemplo:

  • Modificación en el monto del contrato
  • Cambio en el periodo de ejecución de la obra
  • Suspensión temporal de los trabajos
  • Reanudación de actividades
  • Cambio de contratistas o subcontratistas
  • Ajustes en la mano de obra estimada

⚠️ Es importante no dejar estos avisos para después, ya que hacerlo fuera de tiempo puede generar diferencias en cuotas o incluso sanciones por parte del IMSS.


¿Qué información se debe subir?

Al momento de registrar una incidencia en SIROC, se debe proporcionar información clara, consistente y respaldada documentalmente. Generalmente incluye:

  • Datos de identificación de la obra
  • Tipo de incidencia que se reporta
  • Fecha en que ocurre el cambio
  • Justificación o motivo de la modificación
  • Documentación soporte (contratos modificatorios, convenios, estimaciones, etc.)
  • Nuevos montos o plazos (en caso de aplicar)

📌 Un punto crítico es que la información debe coincidir con lo que realmente está sucediendo en campo, ya que el IMSS puede requerir validación en una auditoría.


Conclusión

El correcto manejo de las incidencias en SIROC no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también protege a tu empresa de riesgos financieros y legales.

Llevar un control adecuado desde el inicio de la obra, reportar cambios en tiempo y forma, y entender los procesos de cierre puede marcar la diferencia entre un proyecto ordenado y uno con contingencias.

Tu tranquilidad también es parte del proyecto.
Déjanos ayudarte en la gestión de SIROC. Contáctanos hoy y evita contingencias que pueden costarte tiempo y dinero.

Reforma a Ley Antilavado y el Código Penal Federal para prevenir el blanqueo de capitales 2025

El 30 de junio de 2025, el Congreso de México aprobó cambios a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y al artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Estas reformas se publicaron en el Diario Oficial el 16 de julio y entraron en vigor el 17 de julio de 2025  . El objetivo fue fortalecer las normas contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, alineándose con estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)  .

Principales cambios en la LFPIORPI

La reforma amplía las actividades bajo vigilancia, incluyendo desarrollo inmobiliario, fideicomisos, criptoactivos y servicios digitales. También exige que las entidades identifiquen al beneficiario final con más precisión, y se alarga de cinco a diez años el período mínimo de conservación de documentos  . Además, se implementa un enfoque según el riesgo de cada actividad y se exige capacitación, auditorías internas y sistemas automatizados para monitoreo.

Reforma a la Ley Antilavado en México – 2025Publicación oficial:
Diario Oficial de la Federación (DOF), 16 de julio de 2025
Entrada en vigor: 17 de julio de 2025

🏧 Actividad Vulnerable

Aplica al sector inmobiliario, incluyendo: – Desarrollo – Fraccionamiento – Construcción – Arrendamiento – Venta de inmuebles

Estas actividades están clasificadas como vulnerables a operaciones de lavado de dinero.

💰 Umbral de Reporte

  • Las operaciones que excedan 8,025 veces la UMA deben ser reportadas.
  • En 2025, esto equivale a $907,948.50 MXN.

Cualquier transacción por encima de ese umbral debe ser reportada a la autoridad correspondiente (UIF).

👤 Identificación y Debida Diligencia

  • Se deben identificar a los beneficiarios controladores.
  • Aplicar medidas reforzadas si se trata de Personas Políticamente Expuestas (PEPs).

La finalidad es conocer el origen de los recursos y prevenir el uso del sector para actividades ilícitas.

📂 Resguardo de Información

  • La documentación relacionada con las operaciones debe conservarse por al menos 10 años.

Esto incluye contratos, identificaciones, comprobantes de pago, etc.

⚠ Reporte de Operaciones Sospechosas

  • Cualquier operación inusual o sospechosa deberá ser reportada en un plazo de 24 horas.

Sin necesidad de que se rebase el umbral, basta con que la operación despierte sospechas.

🖥 Monitoreo Automatizado

  • Implementación de un sistema de monitoreo basado en riesgos.

El sistema debe identificar patrones, alertas y comportamientos atípicos.

📚 Capacitación y Auditoría

  • Se requiere realizar capacitaciones anuales al personal.
  • Auditorías internas conforme al nivel de riesgo de la organización.

Esto garantiza el cumplimiento continuo de las obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero.

Conclusión

En resumen, esta reforma representa un cambio profundo en la regulación mexicana contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Impone nuevas obligaciones de transparencia, vigilancia y control, y amplía sanciones incluso por omisiones. Aunque mejora la alineación con estándares internacionales y fortalece la prevención, también implica mayores retos para empresas y profesionales en términos de cumplimiento, documentación y responsabilidad legal.