COVID-19 ¿Qué pasa con el sector de las construcciones?

El sector de las construcciones es uno de los temas que ha salido a discusión estos días es que las obras de construcción han continuado con sus faenas, pese a las “sugerencias” del sector de la salud de evitar aglomeraciones.

Si bien el rubro de la construcción está tomando medidas orientadas a extremar las prácticas de protección y auto-cuidado ante el virus COVID-19, la realidad refleja una parte más dura: las obras cumplen con entregar elementos de protección personal a los trabajadores (los que muchas veces no los ocupan) e indicaciones de cuidado, sin embargo estas continúan con su planificación para evitar atrasos, lo que significa que no siempre se usan el Equipo de Protección Personal.

Lamentablemente las medidas que se están tomando para proteger a las personas del COVID-19, afectan enormemente la economía de trabajadores de la construcción. En el mejor de los casos se le envía a cuarentena sin percibir sueldo, pero manteniendo el contrato. En el peor escenario, simplemente se le desvincula. Las personas quieren cuidarse, pero también necesitan mantener el empleo, por ello muchas no tienen más alternativa que seguir trabajando pese al riesgo que corren.

Se entiende que las construcciones deben continuar, sin embargo las autoridades deben apostar a algo más que la toma de conciencia de las empresas sobre esta situación y adoptar medidas más drásticas para garantizar la seguridad de todos los trabajadores.

Recuerda consultar las páginas oficiales de la secretaria de salud en donde podrás encontrar las medidas necesarias para el sector de las construcciones en esta contingencia.

El Seguro Social de Trabajadores de Obra es una obligación.

Seguro Social

El seguro social de trabajadores de obra es un derecho de quienes trabajan en el área de la construcción y de los patrones, quienes brindarán seguridad a los mismos basándose en las leyes y reglamentos del IMSS, es por esto que se ha implementado un sistema cada ves más accesible y fácil de usar.

El SIROC del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es la plataforma en la que los patrones deben dar de alta sus procesos en ejecución y terminados. En este sistema se tiene que realizar un informe mensual de quienes apoyaron en el proyecto de construcción, se les debe identificar ya sea por tiempo o por avance en la obra especificando el cumplimiento de cuotas sugeridas de esta relación.

Seguro Social

Las personas a cargo de la obra están totalmente obligados a brindar el seguro social a todos los trabajadores. Las obligaciones obrero-patrón de la obra estarán a cargo del propietario de la misma, de acuerdo al Art. 15 de la ley del seguro social. El dueño de la obra es responsable de verificar que el contrato se identifique correctamente la razón social del tercero, su domicilio, su numero de afiliación al IMSS y corroborar su veracidad pues de ser falsos la obligación volverá a recaer en el.

La plataforma del IMSS facilita el proceso ya que su sistema es muy intuitivo y acerca los tramites de construcción mientras se cuente con internet. El IMSS también implementa un sistema de multas para quienes no den de alta sus obras en SIROC y tampoco ofrezcan seguro social de trabajadores de obra a quienes trabajan en ellas.

Cómo evitar la multa por NO registrar tu obra ante el IMSS.

Si no registras tu obra de construcción podrías recibir una multa y si te dedicas a la industria de la construcción deberás estar familiarizado con la obligación patronal SIROC. Esto es muy frecuente en la industria de la construcción donde surgirán al día millones de irregularidades.

la pregunta principal es:

¿Por qué se debe hacer el registro de construcción ante el IMSS? Es muy fácil hay que recordar la existencia del ROTIC (Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra y Tiempo Indeterminado), que es donde se establece la obligación patronal y el procedimiento para llevar a cabo un Registro de obra ante el IMSS.

EI IMSS quiere modernizar su infraestructura como sus métodos y logísticas con la finalidad de llevar un orden más estable y un registro confiable de los trabajadores, los patrones y sus respectivas responsabilidades. Es por esto que decidió digitalizar el proceso de Registro de Obras de Construcción, sustituyendo al SATIC como sistema y plataforma de registro.

En este proceso, se reduce el proceso de seis formatos (SATIC) a tan solo dos módulos con SIROC; el llenado de formularios se redujo de cuatro horas a diez minutos y los campos de llenado bajaron de 600 a 38. Muchos critican la nueva modalidad, pero a largo plazo representará grandes beneficios en términos de mayor inversión y crecimiento en la industria.

multa

Y a todo esto:

¿quiénes deben de registrar las obras de construcción, y cuánto tiempo tienen para hacerlo? De acuerdo al 5to Artículo del ROTIC, tienen el deber de registrar las obras los propietarios de las obras, las personas contratadas para la obra con trabajadores a su servicio y las personas físicas o morales subcontratadas para la construcción de la obra. Y es en el Artículo #12 donde se menciona que el patrón tiene un lapso de 5 días hábiles para registrar la obra de construcción a partir del día que es iniciada, o de lo contrario sé contrae una multa.

Como es de imaginarse, quedan exentos de este reglamento aquellos propietarios/patrones que contraten trabajadores de forma permanente (ya que el ROTIC se refiere a trabajadores por obra o tiempo determinado). De lo contrario, es necesario contar con Firma Electrónica para hacer el registro en SIROC.

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