Hola y bienvenido, te compartiremos los datos que deberás presentar ante SIROC IMSS, que serán necesarios para evitar multas.
Deberás saber que existen contratistas que no tienen trabajadores y subcontratan toda la mano de obra.
Sin embargo, no les exime de contar con un registro patronal para cumplir con la LSS y reglamentos.
El ROTC en su artículo 12 establece la obligación de avisar la contratación o subcontratación de la obra al IMSS dentro de los cinco días hábiles.
Después de haber iniciado los trabajos de las obras y deberán presentar en los formatos autorizados (actualmente SIROC) los siguientes datos:
[a] Presupuesto de obra.
[b] Análisis de precios unitarios.
[c] Costo de insumos.
[d] Costo de mano de obra estimada.
[e] Permisos, licencias y autorizaciones emitidas por las autoridades estatales y federales.
Adicionalmente, los patrones deberán informar las incidencias de las obras de construcción correspondiente “suspensión, reanudación, cancelación o aviso de terminación de la obra de construcción y reporte mensual de los trabajadores”.
Por otro lado, en la realidad el formato del SIROC es un sistema muy rígido. Debido a que tiene en particular los siguientes detalles:
[1] El registro patronal de la obra en construcción debe pertenecer al domicilio de la subdelegación en que se está desarrollando la obra.
[2] El sistema no permite presentar el registro de la obra en construcción cuando ya hayan transcurrido un lapso mayor a 30 días de la obra en ejecución.
[3] El registro de obra y las incidencias en la construcción únicamente se puede realizar con la firma electrónica del representante legal.
[4] En caso de omisión o presentación extemporánea del formato del SIROC es causa de una salvedad en el dictamen para efectos del IMSS.
[5] La ubicación de la obra está presentando problemas en el registro.
[6] El reporte mensual de los trabajadores en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) debe elaborarse manualmente por cada registro de obra por trabajador y por días en los que trabajó en cada proyecto de obra.
Por otra parte, para acceder al sistema del SIROC, es necesario ingresar a la página de internet del IMSS en escritorio virtual y llevar a cabo los pasos siguientes:
[a] Configurar la firma electrónica avanzada del representante legal del patrón, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y con la Clave Única de Registro de Población (CURP) llevar a cabo su registro.
[b] Registrarse como representante legal. Para registrarse es necesario la hoja del poder notarial mediante el cual se le asigna el poder y la firma electrónica del patrón a representar.
[c] Ingresar en el ícono de los registros patronales e ingresar a “registro de obra”. [d] Realizar el registro de la ubicación de la obra.
[d] Realizar el registro de la ubicación de la obra.
[e] Ingresar las incidencias que procedan.
Es importante hacer mención que el control interno es una parte fundamental para el adecuado cumplimiento de la presentación del SIROC y los puntos fundamentales son:
[1] Control de información respecto a las estimaciones de los subcontratistas.
[2] Archivo general de cada subcontratista respecto a sus datos generales (RFC, RP, etcétera).
[3] Control de cumplimiento de obligaciones derivadas del pago de salarios (pago de cuotas obrero patronales y el Impuesto Sobre Nóminas estatal).
[4] Conciliación de subcontratistas y proveedores contra registros contables.
[5] Políticas de cierre de obra de los subcontratistas (cartas de entrega, recepción, corrección fiscal ante el IMSS, subcontratistas que se dictaminan, etc.).
A partir de la fecha de presentación de la incidencia del cierre de la obra, el IMSS tiene 90 días hábiles para iniciar sus facultades de revisión de las cuotas obrero patronales con la obra que se esté reportando.