¡Solo tienes 5 días para el aviso de incidencia de obra!

El Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC) como aplicativo a través del portal en el IMSS permite el cumplimiento de las obligaciones fiscales de patrones dedicados a actividades de construcción.

Todo trabajo de construcción registrado ante el IMSS por medio del sistema SIROC puede clasificarse en cualquiera de las dos clases principales

Publica y privada

El servicio sirve para que los patrones y demás sujetos obligados que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, puedan registrar las obras, sus fases e incidencias, a fin de cumplir con las disposiciones establecidas en los artículos 5, fracción III, 9, y 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.

Patrones o sujetos obligados dedicados a la actividad de la construcción, con el objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley del Seguro Social, el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización y el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado

El aviso de incidencia de obra de construcción debe realizarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la incidencia o conclusión.

Y llevarse a cabo en caso de suspensión, reanudación, cancelación y terminación de la obra o fase de la misma.

incidencia de obra

¿Requisitos?

Solo tiene un requisito y es: haber registrado previamente la obra de la cual se está dando aviso de incidencia.

¿Vigencia? Si hablamos de la vigencia este trámite es un aviso, por lo que no tiene vigencia.

¿Documentos?

Los documentos que necesitas son:

  • Formato “SATIC-03 Aviso de incidencia de obra” descarga el formato aquí:

http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/satic/SATIC_03_Aviso_de_incidencia_de_obra.pdf

Documento que acredite la personalidad jurídica del representante legal, como:

  • Acta constitutiva
  • Poder notarial Identificación oficial del patrón o representante legal, con fotografía y firma, como puede ser: INE, Pasaporte, Cartilla Militar.

Infórmate acerca del control y supervisión de obligaciones en SIROC:

¿Cuáles son las diferencias entre SATIC Y SIROC?

Una de las diferencias entre SIROC y SATIC es sobre la aplicación del Artículo 13 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

SATIC fue la primera plataforma que conocieron para dar de alta las obras, lo cual ha creado confusiones en usuarios cuando hablamos de SIROC.

SIROC llegó para sustituir al SATIC. Algunas actualizaciones y cambios, son fáciles de notar pero si no te has dado cuenta de las diferencias te las colocamos a continuación:

  • La gestión del SATIC se realizaba a través del IDSE; actualmente, el SIROC se gestiona a través del escritorio virtual del IMSS.
  • La estructura del SATIC constaba de seis formatos, entre los cuales se generaba confusión sobre la mecánica de reporteo: el momento de reportar y quién debía hacerlo.

El patrón deberá registrar ante el IMSS en la Subdelegación correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, el tipo de obra, su ubicación, trabajos a realizar y/o fase de la construcción (…) así mismo el patrón deberá informar al Instituto las incidencias de obra de construcción correspondientes, la suspensión, reanudación y cancelación.”

diferencias entre SATIC Y SIROC

SIROC

Con el SIROC, la estructura se simplifica en dos módulos, uno para el registro de las obras y el segundo para el registro de las incidencias de éstas.

Las incidencias que se contemplan son:

  • Suspensión, que puede darse por clausura, caso fortuito o de fuerza mayor, falta de financiamiento, huelga o proceso judicial.
  • Actualización, que contempla motivos como adendum o dedendum por ampliación o reducción del monto del contrato, trabajos extraordinarios, errores de captura y ampliación de plazo.
  • Cancelación por caso fortuito o de fuerza mayor, falta de financiamiento, expropiación, rescisión de contrato o proceso judicial.
  • Terminación.
  • Reporte bimestral: una incidencia que se reportará en el SIROC y que no se reportaba en el SATIC es el avance financiero de la obra.

Conoce más acerca de SIROC:

https://sirocimss.com/faqs/

Si te agrado el blog acerca de las diferencias entre SIROC y SATIC, no olvides compartirlas con tus amigos o conocidos en la rama de la construcción.