
Hoy aprenderás a realizar la a corrección patronal IMSS para evitar sanciones.
El artículo 15 de la Ley del Seguro Social establece que los patrones tienen la obligación de presentar ante el IMSS, sus movimientos de afiliación.
Así como determinar y mostrar sus cuotas obrero-patronales.
Pero la industria de la construcción presenta particularidades en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social.
Para estos patrones, existe el SIROC, facilitando el cumplimiento del artículo 15 de la LSS y del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.
En SIROC se informan diversas incidencias como la actualización, reanudación y cierre de obra.
¿Y si el patrón que se dedica a la construcción presentó información errónea o incompleta? ¿Habrá forma de evitar una sanción?
La corrección es un derecho que todo patrón posee, conforme a la fracción IX del artículo 1° y 178 del Reglamento del Seguro Social.
En Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Su ejercicio espontáneo y previo a una facultad de comprobación del IMSS es de gran ayuda para evitar sanciones.
En el artículo 178 del RACERF encontramos la corrección inducida, que se deriva de una invitación para regularización, emitida por el IMSS y la corrección espontánea.
En la que el mismo patrón, sin mediar requerimiento o invitación alguna, corrige su situación en materia de seguridad social.
Una vez que efectúes tu corrección patronal ante el IMSS, prácticamente tienes los mismos derechos que un patrón que se dictamina.
El artículo 15 de la LSS (Ley del Seguro Social) establece que los patrones tienen la obligación de presentar.
Ante el IMSS, sus movimientos de afiliación, así como determinar y mostrar sus cuotas obrero-patronales.
Pero la industria de la construcción presenta particularidades en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social.
Para estos patrones, existe el SIROC, facilitando el cumplimiento del artículo 15 de la LSS y del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.
En SIROC se informan diversas incidencias como la actualización, reanudación y cierre de obra.
¿Y si el patrón que se dedica a la construcción presentó información errónea o incompleta? ¿Habrá forma de evitar una sanción?

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